Nacional

Registro de Nacimiento

En México, los padres de familia tienen la responsabilidad de registrar a sus hijos recién nacidos ante el Registro Civil, un trámite que debe realizarse en un plazo determinado para garantizar la identidad de los menores. La Constitución mexicana establece que los recién nacidos deben ser registrados con un acta de nacimiento, en la que se elige el nombre del menor y se incluyen los apellidos de ambos padres.
El plazo legal para registrar a un bebé varía según la entidad federativa, pero en la mayoría de los casos es de 60 días naturales o hábiles después del nacimiento. Si se realiza el trámite dentro de este plazo, no hay costos adicionales ni trámites especiales. Sin embargo, si se supera este plazo, el trámite se considera un registro extemporáneo y puede generar consultas adicionales, como la inexistencia de registro, y multas establecidas por la legislación. En algunos estados, como Jalisco, el plazo es de hasta un año y aún se considera tiempo ordinario.
En caso de que se realice el trámite de forma extemporánea, se solicitará una constancia de no registro, y se recomienda ponerse en contacto con la Oficialía del Registro Civil más cercana para conocer qué documentación adicional se requiere. Aunque el primer registro es gratuito, si se supera el plazo ordinario, se puede solicitar un pago por costos operativos establecidos por las leyes de cada entidad. Es importante destacar que la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha recordado que tramitar el acta de nacimiento es gratuito y no se puede exigir un pago, ya que contraviene lo establecido en el artículo 4 de la Constitución.

Related Articles

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Back to top button