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Lenia Batres plantea gravar herencias y legados en México

La ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Lenia Batres Guadarrama, sostuvo que las herencias y los legados deberían pagar impuestos y defendió que los recursos de las cuentas individuales de las Afores entregados a beneficiarios de trabajadores fallecidos no deben quedar exentos del Impuesto Sobre la Renta (ISR) por decisión judicial, luego de que el Pleno rechazó el pasado jueves un proyecto que buscaba establecer el cobro de ese gravamen.

En un artículo publicado este domingo en El Universal, Batres retomó la discusión que tuvo lugar en la Corte y afirmó que existe una diferencia legal entre las exenciones fiscales aplicables a las herencias y las previstas para los recursos de las Afores.

“Este jueves discutimos si los recursos provenientes de la cuenta individual del Sistema de Ahorro para el Retiro, entregados a personas beneficiarias con motivo del fallecimiento de la persona trabajadora, se encuentran exentos del Impuesto sobre la Renta (ISR) por equipararse a ingresos por herencia o legado”, señaló.

La ministra recordó que la Ley del ISR exenta del pago de ese impuesto a quienes reciben una herencia o legado, mientras que para los retiros de Afore prevé una exención limitada a ciertos montos. Sin embargo, indicó que la mayoría del Pleno consideró que los recursos entregados a beneficiarios de trabajadores fallecidos son equiparables a una herencia o legado y, por tanto, no deben pagar ISR.

“El pleno de la Corte decidió prescindir de esta diferencia en el monto y acaba de considerar que cualquier retiro es equiparable a la herencia o legado, por lo que no debe pagar ISR”, escribió.

Batres aprovechó el texto para plantear una discusión más amplia sobre la tributación de las herencias en México. Recordó que el país contó con impuestos federales y locales sobre herencias y legados durante varias décadas del siglo XX, hasta su derogación en 1961.

También señaló que actualmente 24 países integrantes de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) mantienen algún tipo de impuesto a las herencias o legados y argumentó que estos mecanismos contribuyen a reducir la concentración de la riqueza.

“El único mecanismo de redistribución de la riqueza es el pago de impuestos”, afirmó.

El debate en la Corte

La discusión derivó de una contradicción de criterios entre tribunales federales sobre el tratamiento fiscal de los recursos acumulados en las cuentas individuales de las Afores cuando son entregados a los beneficiarios de una persona trabajadora fallecida.

El proyecto, elaborado por la ministra Sara Irene Herrerías Guerra, proponía establecer como jurisprudencia obligatoria que dichos recursos deben pagar ISR al no constituir formalmente una herencia o legado, sino una prestación derivada de la legislación de seguridad social.

“Los ingresos que provienen de los recursos de la Afore del trabajador fallecido que reciben las personas beneficiarias no les son entregadas por concepto de legado, sino, precisamente, por disposición de una ley de seguridad social”, argumentó Herrerías durante la discusión.



La propuesta fue rechazada por seis votos contra tres. A favor se pronunciaron la propia Herrerías, Batres y la ministra María Estela Ríos González. El ministro Giovanni Figueroa Mejía inicialmente manifestó respaldo al proyecto, pero posteriormente modificó su postura y votó en contra.

Tras el rechazo, el expediente fue returnado a Figueroa Mejía para la elaboración de un nuevo proyecto acorde con el criterio mayoritario.

Durante la sesión, Batres sostuvo que la eventual injusticia señalada por algunos ministros respecto al tratamiento fiscal de las herencias no justificaba ampliar las exenciones previstas en la ley: “Yo creo que lo injusto es que no se graven las herencias y el legado. Tanto en este caso como en el caso de la herencia y el legado, una persona recibe un recurso que no provino de su esfuerzo, que gana y que en estricto sentido reproduce desigualdades sociales”.

Añadió que la Corte no debería crear exenciones fiscales no previstas por el legislador y que su actuación tendría que favorecer una mayor redistribución de la riqueza.

“Nosotros deberíamos buscar que la aportación de esta Corte pretendiera generar más distribución de riqueza en lugar de más concentración y esa distribución sucede cuando se pagan impuestos por quien no genera la ganancia”, expresó.

En el mismo sentido, la ministra María Estela Ríos consideró que la definición de los impuestos corresponde exclusivamente al Poder Legislativo: “Y yo creo, insisto, que esa es una facultad del legislador que nosotros, en aras de la estimación de que se cometa una injusticia, no podemos cambiar”, sostuvo. “En todo caso, habría que hacer ver a la gente que promueva un cambio de esa legislación, porque, si no, entonces nosotros ya nos estamos convirtiendo en legisladores, y no es esa nuestra atribución”.

Foto: SCJN. Tratamiento: IA/AN (MDS)

Argumentos de la mayoría

Entre quienes votaron contra el proyecto destacó el presidente de la Corte, Hugo Aguilar Ortiz, quien sostuvo que resulta contradictorio gravar los recursos acumulados en una Afore mientras las herencias y los legados permanecen exentos.

“Advierto yo una injusticia muy fuerte en este asunto que me lleva a votar en contra. Fíjese, en este país no se paga impuestos por herencia o legado y se paga impuestos o se ordena pagar impuestos por los seguramente raquíticos recursos que se van a las Afores”, señaló.

Aguilar agregó que “estamos hablando de herencias, en algunos casos millonarias, exentas del pago de impuestos. Pero sí se paga impuesto porque se designe un beneficiario por un fondito que el trabajador acumuló durante toda su vida laboral”.

Por su parte, la ministra Yasmín Esquivel Mossa argumentó que los recursos de la cuenta individual pertenecen a la persona trabajadora y, tras su fallecimiento, deben ser entregados a quienes la legislación reconoce como beneficiarios, por lo que consideró que deben recibir un tratamiento fiscal similar al de un legado.

“La cuenta individual de retiro pertenece a la persona trabajadora. Durante su vida se integra con aportaciones vinculadas a su trabajo, a su salario y a su régimen de seguridad social”, expuso.

En tanto, el ministro Irving Espinosa Betanzo afirmó que exigir el pago de ISR sobre esos recursos generaría una situación inequitativa para los beneficiarios.

“Aquí el problema es que el trabajador ya no está vivo y el dinero tiene que ser entregado a sus beneficiarios, y si ese dinero entonces tiene que pagar contribuciones, particularmente el Impuesto sobre la Renta, desde mi punto de vista eso es totalmente injustificado e inequitativo”, sostuvo.

La resolución de la Corte dejó sin efectos la propuesta de establecer jurisprudencia para gravar con ISR los recursos de las Afores entregados a beneficiarios de trabajadores fallecidos y abrió un debate que, a juicio de Batres y Ríos, corresponde resolver al Poder Legislativo en materia de herencias y legados.

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