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Por razones humanitarias, otorgan arresto domiciliario a Doña Carlota en el caso Chalco

CHALCO, EDOMEX. – Tras casi un año de permanecer en prisión preventiva, la señora Carlota “N”, de 74 años, obtuvo un cambio en su medida cautelar que le permitirá abandonar el penal de Chalco y continuar su proceso judicial bajo arresto domiciliario. La decisión fue tomada por un juez considerando la avanzada edad y el delicado estado de salud de la imputada.

El origen del conflicto

El caso, que cobró relevancia nacional en abril de 2025, se originó cuando Doña Carlota presuntamente utilizó un arma de fuego para defender su vivienda de una invasión.

  • El incidente: Durante los hechos, dos personas identificadas como Justin “N” (19 años) y Esaú “N” (51 años) perdieron la vida, mientras que un menor de edad resultó herido.
  • Proceso legal: Junto a ella, también fueron vinculados a proceso sus hijos, Mariana y Eduardo “N”, señalados por su presunta participación en el altercado derivado de la disputa por el inmueble.
  • Apoyo legal: El caso generó tal impacto que figuras como el empresario Ricardo Salinas Pliego ofrecieron el respaldo de su equipo jurídico para la defensa de la adulta mayor.

Salud y medidas cautelares

La defensa de Doña Carlota solicitó en repetidas ocasiones el beneficio del arraigo domiciliario, argumentando que la estancia en el penal agravaba sus padecimientos crónicos de diabetes mellitus e hipertensión.

Para obtener este beneficio, se debieron cumplir ciertos requisitos legales:

  1. Garantía económica: El pago de una fianza de $250,000 pesos.
  2. Arraigo: La acreditación de un domicilio fijo donde permanecerá bajo vigilancia.
  3. Cumplimiento: La obligatoriedad de presentarse a todas las audiencias programadas para que un juez determine su sentencia definitiva.

El marco legal en México

Este caso pone de manifiesto la compleja línea entre la defensa del patrimonio y la legalidad. Es importante recordar que el Artículo 17 de la Constitución Mexicana prohíbe estrictamente la justicia por propia mano.

“Ninguna persona podrá hacerse justicia por sí misma, ni ejercer violencia para reclamar su derecho”.

Aunque el hartazgo social ante la invasión de propiedades es un sentimiento latente, actuar fuera de los cauces institucionales conlleva sanciones penales severas, ya que el Estado es el único facultado para impartir justicia.

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