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Coatzacoalcos: juez ordena inspecciones ambientales al acueducto; obra puede continuar

Un juzgado federal ordenó inspecciones y verificaciones técnicas exhaustivas a la construcción del acueducto del sistema de agua potable de Coatzacoalcos, dentro de un amparo colectivo promovido por comunidades chinantecas y nahuas del sur de Veracruz que reclaman falta de consulta previa. La obra no se suspende: seguirá adelante bajo vigilancia judicial.

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**URL XEU:** https://xeu.mx/estado-de-veracruz/1436187/ordena-juez-inspecciones-al-acueducto-de-coatzacoalcos
**Imagen:** coatzacoalcos-acueducto.webp (Foto: AVC Noticias — verificada 1×1: sin marca de agua ni logo; imagen del medio asociada al hecho)
**Publicación XEU:** sábado 10 octubre 2026, 9:15 AM

Coatzacoalcos, Ver.- La construcción del acueducto destinado al sistema de agua potable de Coatzacoalcos podrá continuar, pero bajo la lupa de un juzgado federal: las autoridades deberán verificar sus condiciones ambientales y detener los trabajos temporalmente si se confirman los riesgos que el propio acuerdo judicial fija.

La resolución se dictó el 5 de octubre de 2026 y se publicó al día siguiente, dentro del juicio de amparo colectivo 1089/2026-11. Lo promovieron habitantes de comunidades del sur de Veracruz que cuestionan posibles afectaciones ambientales y denuncian que el proyecto se planeó sin consulta previa.

El acuerdo impone un plazo máximo de tres días hábiles para realizar inspecciones y verificaciones técnicas exhaustivas sobre el cumplimiento de las condicionantes ambientales, las Normas Oficiales Mexicanas y la Ley de Aguas Nacionales. El plazo comenzará a correr a partir del día siguiente a aquel en que surta efectos la notificación.

Las autoridades deberán aplicar medidas de seguridad, corrección y mitigación si las inspecciones detectan filtraciones, derrames, contaminación de acuíferos o alteraciones del equilibrio ecológico que pongan en riesgo la salud de los habitantes o la integridad del ecosistema.

La resolución también contempla la suspensión temporal de la construcción si las revisiones determinan que el proyecto carece de autorizaciones vigentes, incumple las medidas de seguridad ambiental o representa un peligro inminente para la disponibilidad del agua. En ese caso, los trabajos permanecerían detenidos hasta que se garantice la eliminación del riesgo grave, conforme a los términos del acuerdo judicial.

Las dependencias involucradas deberán informar además al órgano judicial sobre las acciones de supervisión realizadas, el estado de los elementos naturales protegidos y los posibles impactos ambientales en las comunidades.

En la demanda, los habitantes sostienen que la planeación del acueducto se desarrolló sin suficiente transparencia y que no se realizó una consulta previa en sus poblados. Esos argumentos todavía deben resolverse en el juicio.

Los promoventes se identifican como integrantes y descendientes de los pueblos chinanteco y nahua. Entre las comunidades participantes aparecen la Congregación Niños Héroes, conocida como Los Juanes; El Pilón, también llamada La Chinantla; la Congregación Colonia del Valle o Poblado Trece; Río Uxpanapa o Poblado Catorce; y la Congregación La Horqueta o Poblado Doce.

También participan Josefa Ortiz de Domínguez, General Adalberto Tejeda, Salto de Eyipantla, Norberto Aguirre Palancares, Francisco I. Madero, Vidal Díaz Muñoz, la Congregación Helio García Alfaro o Poblado Once, y Hermanos Cedillo.

El órgano judicial abrió además un incidente para estudiar la posible acumulación del expediente con el amparo 583/2026, promovido por el Comisariado de Bienes Comunales de la comunidad indígena zoque de Santa María Chimalapa, Oaxaca, contra el mismo proyecto. En ese procedimiento, la obra aparece identificada como “Construcción del Acueducto del Sistema de Agua Potable de Coatzacoalcos, Veracruz”, y entre los reclamos figuran la presunta omisión de consulta previa y cuestionamientos sobre las autorizaciones relacionadas con la extracción de agua.

En el juicio colectivo 1089/2026-11 fueron reconocidas como terceras interesadas las empresas Grupo Impulsor Pajeme, S.A. de C.V., y Planeación Sistemas de Control, S.A. de C.V.

El acuerdo judicial ya fijó las próximas audiencias: la incidental será el 22 de octubre de 2026, a las 12:50 horas, y la constitucional quedó programada para el 18 de noviembre de 2026, a las 12:00 horas.

La admisión de la demanda y las medidas provisionales no representan una resolución definitiva sobre la legalidad del proyecto ni sobre los señalamientos de las comunidades. El desarrollo del juicio deberá determinar el alcance de los reclamos y las decisiones que correspondan.

Lo que sigue: las inspecciones técnicas de tres días hábiles dirán si el acueducto cumple o si se activa la suspensión temporal. La obra, por ahora, avanza bajo supervisión judicial.

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