Artículo 19 ve riesgo de una ‘policía de la verdad’

La organización Artículo 19 advirtió que los nuevos Lineamientos Generales sobre los Derechos de las Audiencias podrían convertir a la autoridad en una especie de “policía o juez de la verdad”, al supervisar contenidos editoriales y establecer criterios que, a su juicio, ponen en riesgo la libertad de expresión.
A través de un posicionamiento difundido en redes sociales, la organización informó que su equipo jurídico continúa analizando el alcance de la propuesta.
No obstante, adelantó una serie de observaciones sobre disposiciones que considera preocupantes para el ejercicio periodístico y el derecho a la información.
En el fondo, esto es supervisión del contenido editorial de los medios, con autoridades actuando como una especie de ‘policía/jueces de la verdad’ en materia de propaganda.
Artículo 19 también expresó preocupación porque la comisión reguladora encargada de aplicar los lineamientos depende del Poder Ejecutivo, por lo que consideró que no existe una expectativa razonable de independencia y autonomía.
A su juicio, este escenario adquiere mayor relevancia frente a la estigmatización que enfrentan diversos medios de comunicación y al contexto de violencia contra periodistas en el país.
Entre los aspectos que cuestionó figura el artículo 8, fracción I, que incorpora el criterio de “veracidad”, y sostuvo que la libertad de expresión no está condicionada a que un contenido sea considerado verdadero.
La libertad de expresión no protege ‘la verdad’ como requisito.
Asimismo, A-19 cuestionó quién determinará qué información puede calificarse como veraz y señaló que las disposiciones sobre la distinción entre publicidad, propaganda y contenido informativo carecen de definiciones claras, especialmente cuando se trata de propaganda política financiada con recursos públicos.
En ese sentido, sostuvo que este tipo de mensajes debería identificar con precisión qué institución los financia y de qué partida presupuestal provienen los recursos utilizados.
Respecto del artículo 12, la organización cuestionó la disposición que establece que la información histórica no debe presentarse como actual, al advertir que ese criterio puede abrir espacios de interpretación.
Explicó que los hechos del pasado conservan relevancia cuando se trata de asuntos vinculados con el derecho a la verdad y la memoria, como las desapariciones o violaciones graves a derechos humanos, cuya responsabilidad estatal puede mantenerse vigente.
Artículo 19 también cuestionó el artículo 47 al considerar que no existe claridad sobre la diferencia entre una “recomendación” y una “determinación” emitidas por la autoridad reguladora.
Añadió que los lineamientos tampoco precisan las consecuencias para las concesionarias que decidan no atender dichas resoluciones ni garantizan que las decisiones se apeguen plenamente al marco constitucional de libertad de expresión e información.
Otro de los puntos señalados fue el régimen de sanciones sobre lo que la organización consideró que las multas previstas son elevadas y advirtió que deberían reservarse para casos excepcionales.
Explicó que ese esquema podría incentivar que concesionarios de radio y televisión moderen, modifiquen o retiren contenidos para evitar procedimientos administrativos o sanciones económicas.
Finalmente, Artículo 19 afirmó que existen cuestiones protegidas por la libertad de expresión aunque resulten ofensivas o incómodas, y advirtió que ignorar la polarización o permitir que una autoridad determine qué contenidos son aceptables no contribuye a fortalecer el debate democrático.
Finalmente, Artículo 19 adelantó que continuará con el análisis jurídico de los lineamientos y dará a conocer una evaluación más amplia sobre sus posibles implicaciones para la libertad de expresión y los derechos de las audiencias.






