¿Te ‘brincas’ la verificación? Sedema reforzará vigilancia sobre verificentros

Las autoridades capitalinas podrán detener a los vehículos que contaminen visiblemente, aún si cuentan con holograma de verificación vigente, al igual que investigar a los centros de verificación que hayan expedido el etiquetado.
Así lo estipula el nuevo Reglamento de la Ley Ambiental de la Ciudad de México en Materia de Verificación Vehicular, publicado este martes en la Gaceta Oficial. Este marco normativo abroga las reglas anteriores que datan del 1 de octubre de 2012.
El reglamento establece que personal autorizado por la Secretaría de Medio Ambiente de la CDMX (Sedema) podrá detener los vehículos que circulen y se presuman contaminantes “en virtud de la coloración o intensidad de su emisión de manera visual”.
Foto: Archivo Cuartoscuro
Cuando un vehículo con emisión contaminante visible cuente con un holograma de verificación vigente, el personal comisionado dará vista al Centro de Inspección y Vigilancia Ambiental Remota (CIVAR) a efecto de que se investigue si el centro de verificación vehicular que otorgó dicho holograma incurrió en alguna irregularidad.
Además, los verificentros estarán obligados a implementar un sistema de citas a través de la Llave básica de la CDMX y a operar una bitácora de control digital en tiempo real para el registro de los vehículos ingresados.
Asimismo, deberán contar con un sistema de videograbación, el cual debe poseer la capacidad de almacenar los vídeos que se generen en el establecimiento durante un período no menor a cien días naturales.
Foto: Archivo Cuartoscuro
La autoridad también implementará el denominado microanálisis, un método de evaluación estadística sistemática basado en los registros de las bases de datos de los centros para calificar su funcionamiento y en caso de incumplimiento revocarles las autorizaciones.
¿Qué sanciones habrá para automovilistas?
Para el caso de vehículos con placas de la Ciudad de México que circulen sin cumplir con las disposiciones ambientales, la sanción implica que el coche no podrá circular por un periodo de treinta días, excepto el día de la detención para que pueda ser guardado en su domicilio.
Este tiempo se otorga exclusivamente para trasladar la unidad a un taller mecánico o a un centro de verificación. De lo contrario, el carro será trasladado a un depósito vehicular, “corralón”.
Foto: Archivo Cuartoscuro
Si el plazo se vence y el coche es sorprendido nuevamente en las calles sin haber corregido las fallas mecánicas, se aplicarán multas que van de 20 a 30 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA).
Esta sanción se aplicará de igual forma para tres faltas distintas: rebasar los límites de contaminantes permitidos, no llevar los documentos o el holograma vigente pegado en el vehículo, y circular en los días y horarios restringidos por el programa Hoy No Circula o por contingencia ambiental.
Para los coches que porten placas federales, de otra entidad federativa o del extranjero, las autoridades podrán retirar, como medida cautelar, una o ambas placas , siempre y cuando el cobro de la multa no sea realizado en el lugar.
Foto: Archivo Cuartoscuro
Los propietarios o poseedores de vehículos sancionados tendrán un plazo de treinta días naturales para subsanar los incumplimientos detectados, llevar la unidad a mantenimiento o reparación, acudir a un verificentro a obtener su constancia y pagar la multa respectiva para recuperar sus matrículas de circulación.
De lo contrario, Sedema podrá disponer de las placas retiradas, aunado a que el vehículo será retirado de la circulación y remitido a un depósito vehicular en caso de seguir circulando.



